

Estimados clientes, les enviamos las aclaraciones sobre la Resolución MDP 366/2020 en vigencia a partir del día 03/09/2020
Se establece que el procedimiento de control de las destinaciones de importación para consumo cualquiera sea el origen se encuentren alcanzadas por medidas vigentes que establezcan derechos antidumping o compensatorios definitivos así como aquellas que sean objeto de investigación en el que se ha efectuado una determinación preliminar de existencia de dumping cuenten o no con medidas provisionales aplicables se tramitan por CANAL ROJO de selectividad
A tal efecto se verificará físicamente que las mercaderías se corresponden con la glosa de la posición arancelaria por la cual ellas clasifican como así también con su correspondiente apertura SIM.
FUENTE:
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/232572/20200727