

De acuerdo a lo establecido en la Comunicación “A” 7079, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) ha dispuesto extender la vigencia de las disposiciones previstas en los puntos 2. Y 3. de las Comunicaciones “A” 7030 y complementarias para el acceso al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC), por parte de los importadores, hasta el 31/08/2020 inclusive.
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